El Perito de Incendios y Riesgos Diversos (de ahora en adelante, Perito IRD) es un experto, como su propio nombre indica, en incendios y riesgos diversos. El término de Perito IRD se emplea principalmente en el sector de los seguros y a su intervención en siniestros relacionados con las pólizas y contratos de seguros.
El Perito IRD emite informes periciales en procedimientos de seguros, accidentes, valoraciones y riesgos diversos, investigando el origen del siniestro, la posible cobertura del mismo, y en su caso, realizando la valoración de los daños sufridos.
La actividad pericial desarrollada dentro de las pólizas regladas de compañías aseguradoras y únicamente en bienes inmuebles.
La Real Academia de la Lengua Española (2016) recoge el término Perito como:
“Experto en una materia al que se le encomienda la labor de analizar desde un punto de vista técnico, artístico, científico y práctico la totalidad o parte de los hechos litigiosos. Deberá poseer el título oficial que corresponda a la materia objeto de dictamen. También podrá solicitarse a academias o instituciones culturales y científicas que se ocupen del estudio de las materias objeto de pericia (…)”

El artículo 340 de Ley de Enjuiciamiento Civil hace una definición más exhaustiva señalando textualmente:
“Artículo 340. Condiciones de los peritos. 1. Los peritos deberán poseer el título oficial que corresponda a la materia
objeto del dictamen y a la naturaleza de éste. Si se tratare de materias que no estén comprendidas en títulos profesionales oficiales, habrán de ser nombrados entre personas entendidas en aquellas materias.
2. Podrá asimismo solicitarse dictamen de Academias e instituciones culturales y científicas que se ocupen del estudio de las materias correspondientes al objeto de la pericia. También podrán emitir dictamen sobre cuestiones específicas las personas jurídicas legalmente habilitadas para ello. 3. En los casos del apartado anterior, la institución a la que se encargue el dictamen expresará a la mayor brevedad qué persona o personas se encargarán directamente de prepararlo,a las que se exigirá el juramento o promesa previsto en el apartado segundo del artículo 335”.
Los Peritos IRD que colaboran con las compañías de seguros para la elaboración de informes periciales para la resolución de siniestros en pólizas regladas.
Los Peritos de Seguros son colaboradores de las compañías y suelen ser titulados con conocimientos técnicos o formar parte dada su experiencia profesional, de una asociación de peritos acreditada, como son la Asociación de Peritos de Seguros y Comisarios de Averías (de ahora en adelante, Apcas).
Requisitos para el ejercicio como Perito de Incendios y Riesgos Diversos
Según el Artículo 340 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se señala que “el Perito debe poseer el título oficial que corresponda a la materia objeto del dictamen”. Sin embargo, termina añadiendo en el mismo párrafo que “en el caso de materias que no están comprendidas en títulos oficiales, deben ser nombrados personas con conocimientos en la materia”. Este último inciso abre la puerta a personas con experiencia en la materia por motivos profesionales.
Queda patente que para ejercer como Perito IRD para la resolución de siniestros sobre pólizas regladas se precisa de una formación técnica de la que disponen sobradamente los Ingenieros de Edificación. Sin embargo, para una mejor aplicación de los conocimientos y adentrarse en el mundo de los seguros se precisa de experiencia en el sector.
Hay que señalar que los técnicos periciales deben formarse constantemente para adaptarse a las novedades, existiendo multitud de cursos de formación ofertados por las principales asociaciones de peritos y universidades. En el mundo pericial ser acreditado de Apcas supone un reconocimiento como experto en resolución de siniestros y acredita como técnico pericial con experiencia en el sector.